Disposicion Transitoria . 2. DECRETO 21/2026, de 24 de febrero, P. Vasco
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»D.T. 2ª. Incompatibilidad Prestación Complementaria de Vivienda.
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Las ayudas de emergencia social que se destinen a cubrir los gasto a los que refiere el artículo 2.1.a) del presente reglamento (gastos necesarios para el disfrute y mantenimiento o alojamiento habitual) son incompatibles con la percepción de Prestación Complementaria de Vivienda reconocidas de acuerdo con la Ley 18/2008 de 23 de diciembre para la Garantía de Ingresos e Inclusión Social que permanecen vigentes a la entrada en vigor del reglamento.
