Disposicion Transitoria . 2ª. - Continuidad de la Administración General de RTVC.. LEY 6/2026, de 24 de julio, C.A. Canarias, ordenación del servicio público de comunicación audiovisual
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»D.T. 2ª. - Continuidad de la Administración General de RTVC.
Vigente
Las competencias conferidas a la Administración General de RTVC por el Decreto ley 7/2023, de 9 de octubre, de creación de la Administración General del ente público Radiotelevisión Canaria, seguirán ejerciéndose por dicho órgano hasta que se produzca el nombramiento de la persona titular de la Dirección General en los términos de lo dispuesto por la presente ley.

