Disposicion Transitoria . UNICA. Régimen transitorio. DECRETO 26/2026, de 25 de marzo, Madrid
Ver Indice
»D.T. UNICA. Régimen transitorio
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. Las empresas ya inscritas en el Registro de Establecimientos de Comercio al por Menor de Carne Fresca y sus Derivados en la Comunidad de Madrid se inscribirán de oficio en el Registro.
2. Para el resto de empresas y establecimientos sujetos a inscripción en el Registro, se establece un período transitorio de un año, a contar desde la entrada en vigor de este decreto, para notificar mediante comunicación o declaración responsable su inscripción en el mismo.
