Disposicion Transitoria . UNICA. Comunicación inicial de datos al Registro. Decreto 37/2026, de 25 de mayo, Asturias, Registro de establecimientos, locales e instalaciones destinados a espectáculos públicos y actividades recreativas
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»D.T. UNICA. Comunicación inicial de datos al Registro
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1. En el plazo de cuatro años, a contar desde la fecha de la resolución por la que se establezcan los formularios de transmisión de datos, los Ayuntamientos deberán comunicar los datos objeto de inscripción, relativos a aquellos establecimientos, locales e instalaciones destinados a espectáculos públicos y actividades recreativas que, a dicha fecha, dispongan de licencia de apertura o de actividad válidamente otorgada.
2. La comunicación se efectuará conforme al procedimiento previsto en el artículo 4 y, en su caso, en la resolución de la persona titular de la Consejería competente en materia de seguridad pública que lo desarrolle.
