Disposicion Transitoria ...6 de marzo

Disposicion Transitoria . UNICA.. Ley de Cantabria 3/2026, de 6 de marzo

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1. Las personas físicas que pretendan acogerse a alguna de las indemnizaciones derivadas de la nueva redacción de los artículos 4.1, 5.2, 6.2 y 6 bis de la Ley de Cantabria 1/2023, de 9 de abril, podrán presentar sus solicitudes en el plazo de dieciocho meses desde la entrada en vigor de esta ley.
2. Las personas que previamente hubieran presentado solicitud de indemnizaciones al amparo de la Ley de Cantabria 1/2023, de 5 de abril, y les hubiera sido denegada por no cumplir las condiciones contempladas en la redacción originaria de la ley y consideraran que las cumplen íntegramente tras la modificación operada por la presente ley, podrán ratificarse en la solicitud anterior, mediante escrito presentado en el plazo señalado en el apartado anterior, sin necesidad de presentar nuevamente la documentación que hubieran aportado.