Disposicion Transitoria . UNICA. Ámbito temporal de las medidas.. RD-ley 20/2026, de 29 de julio, Medidas urgentes de protección laboral y social frente a los incendios forestales
- Norma convalidada en la sesión celebrada el 9 de septiembre de 2026 del Congreso de los Diputados. - Resolución de 9 de septiembre de 2026, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de convalidación del Real Decreto-ley 20/2026, de 29 de julio, por el que se establecen medidas urgentes de protección laboral y social frente a los incendios forestales.
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»D.T. UNICA. Ámbito temporal de las medidas.
Vigente
1. Sin perjuicio de lo establecido en las disposiciones adicionales segunda a cuarta, lo establecido en el presente real decreto-ley producirá efectos respecto de los hechos causantes a partir del 22 de julio de 2026, independientemente de la fecha de entrada en vigor indicada en la disposición final tercera.
2. Las medidas previstas en esta norma seguirán resultando de aplicación aun cuando los incendios se hayan extinguido, siempre que se mantenga la circunstancia que motivó cada medida, de acuerdo con la presente norma.

