Disposicion único desarrollo parcial de la Ley 16/1985 -Patrimonio Histórico Español-
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Disposicion único desarrollo parcial de la Ley 16/1985 -Patrimonio Histórico Español-

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DISPOSICIÓN DEROGATORIA.

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Quedan derogadas cuantas disposiciones se opongan a lo establecido en el presente Real Decreto, y expresamente las siguientes:

  • Real Decreto de 1 de marzo de 1912 que aprueba el Reglamento provisional para la aplicación de la Ley de 7 de julio de 1911.

  • El Decreto de 16 de abril de 1936, modificado por el Decreto 1545/1972, de 15 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de aplicación de la Ley del Tesoro Artístico Nacional.

  • Decretos de 9 de marzo de 1940 y de 19 de abril de 1941, sobre el Catálogo Monumental de España.

  • Decreto de 12 de junio de 1953, por el que se dictan disposiciones para la formalización del Inventario del Tesoro Artístico Nacional.

  • Decreto de 12 de junio de 1953, modificado por los Decretos de 27 de enero de 1956 y 164/1969, de 6 de febrero, sobre transmisión de antiguedades y obras de arte dentro y fuera del territorio nacional.

  • Decreto de 22 de julio de 1958, por el que se crea la categoría de Monumentos Provinciales y Locales, modificado por el Decreto 1864/1963, de 11 de julio.

  • Decreto 287/1960, de 18 de febrero, sobre reorganización de zonas del Servicio de Defensa del Patrimonio Artistico Nacional.

  • Las disposiciones relativas al Centro Nacional el Tesoro Documental Bibliográfico contenidas en la Ley 26/1972, de 21 de junio, quedando este subsistente en los terminos previstos en el artículo 6 del Real Decreto 565/1985, de 24 de abril, por el que se establece la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura y de sus organismos autónomos.

  • Decreto 1116/1969, de 2 de junio, sobre exportación de obras de importancia histórica o artística, modificado por el Real Decreto 2101/1979, de 13 de julio.

  • Real Decreto 3030/1979, de 29 de diciembre, por el que se reorganiza la Junta de Calificación, Valoración y Exportación de Obras de Importancia Historica o Artistica.

  • Orden de 15 de febrero de 1980, sobre visitas gratuitas a Monumentos Históricos y Artísticos.

Dado en Madrid a 10 de enero de 1986.

- Juan Carlos R. -

 

El Ministro de la Presidencia,
Javier Moscoso del Prado y Muñoz.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 28-01-1986 en vigor desde 29-01-1986