Disposicion único Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno
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»DISPOSICIÓN DEROGATORIA.
Vigente
1. A la entrada en vigor de la presente Ley quedarán derogados los siguientes preceptos de la Ley 1/1988, de 7 de enero, del Presidente, del Consejo de Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Murcia: artículo 1; los apartados 1 y 2 del artículo 2, los títulos I, II y III completos; y las disposiciones adicionales 1, 2, 3 y 4.
2. Asimismo, quedan derogadas cuantas otras disposiciones se opongan al contenido de esta Ley.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-12-2004 en vigor desde 19-01-2005