Division 5 TR del Impuesto sobre Actividades Económicas
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Division 5 TR. del Impuesto sobre Actividades Económicas

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DIVISIÓN 5. CONSTRUCCIÓN.

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Agrupación 50. Construcción.

GRUPO 501. EDIFICACIÓN Y OBRA CIVIL.

Epígrafe 501.1.-Construcción completa, reparación y conservación de edificaciones.

Cuota:

Cuota mínima municipal de:

-En poblaciones de más de 100.000 habitantes: 497,64 euros.

-En poblaciones de más de 40.000 a 100.000 habitantes: 385,67 euros.

-En poblaciones de más de 10.000 a 40.000 habitantes: 199,06 euros.

-En las poblaciones restantes: 174,17 euros.

Cuota provincial de: 3.172,44 euros.

Cuota especial estatal de: 15.862,21 euros.

Epígrafe 501.2.-Construcción completa, reparación y conservación de obras civiles.

Cuota:

Cuota mínima municipal de:

-En poblaciones de más de 100.000 habitantes: 1.244,10 euros.

-En poblaciones de más de 40.000 a 100.000 habitantes: 982,84 euros.

-En poblaciones de más de 10.000 a 40.000 habitantes: 435,43 euros.

-En las poblaciones restantes: 385,67 euros.

Cuota provincial de: 8.708,67 euros.

Cuota especial estatal de: 43.543,33 euros.

Epígrafe 501.3.-Albañilería y pequeños trabajos de construcción en general.

Cuota:

Cuota mínima municipal de:

-En poblaciones de más de 100.000 habitantes: 242,60 euros.

-En poblaciones de más de 40.000 a 100.000 habitantes: 192,83 euros.

-En poblaciones de más de 10.000 a 40.000 habitantes: 102,64 euros.

-En las poblaciones restantes: 87,09 euros.

Cuota provincial de: 1.741,73 euros.

Cuota especial estatal de: 8.708,67 euros.

Nota: Este epígrafe no autoriza la ejecución de obras con presupuesto superior a 36.060,73 euros ni superficie en obra nueva o de ampliación que exceda de 600 metros cuadrados. Cuando se ejecute alguna obra en la que uno de estos límites se rebase, tributará por el epígrafe 501.1.

GRUPO 502. CONSOLIDACIÓN Y PREPARACIÓN DE TERRENOS, DEMOLICIONES, PERFORACIONES PARA ALUMBRAMIENTO DE AGUAS, CIMENTACIONES Y PAVIMENTACIONES.

Epígrafe 502.1.-Demoliciones y derribos en general.

Cuota:

Cuota mínima municipal de:

-En poblaciones de más de 100.000 habitantes: 419,89 euros.

-En poblaciones de más de 40.000 a 100.000 habitantes: 329,69 euros.

-En poblaciones de más de 10.000 a 40.000 habitantes: 174,17 euros.

-En las poblaciones restantes 149,29 euros.

Cuota provincial de: 2.973,39 euros.

Cuota especial estatal de: 14.866,94 euros.

Epígrafe 502.2.-Consolidación y preparación de terrenos para la construcción de edificaciones, incluidos sistemas de agotamiento y dragados.

Cuota:

Cuota mínima municipal de:

-En poblaciones de más de 100.000 habitantes: 491,42 euros.

-En poblaciones de más de 40.000 a 100.000 habitantes: 385,67 euros.

-En poblaciones de más de 10.000 a 40.000 habitantes: 205,28 euros.

-En las poblaciones restantes: 174,17 euros.

Cuota provincial de: 3.172,44 euros.

Cuota especial estatal de: 15.862,21 euros.

Epígrafe 502.3.-Consolidación y preparación de terrenos para la realización de obras civiles, incluidos sistemas de agotamiento y dragados.

Cuota:

Cuota mínima municipal de:

-En poblaciones de más de 100.000 habitantes: 622,05 euros.

-En poblaciones de más de 40.000 a 100.000 habitantes: 482,09 euros.

-En poblaciones de más de 10.000 a 40.000 habitantes: 255,04 euros.

-En las poblaciones restantes: 217,72 euros.

Cuota provincial de: 4.354,33 euros.

Cuota especial estatal de: 21.771,66 euros.

Epígrafe 502.4.-Cimentaciones y pavimentaciones para la construcción de edificaciones.

Cuota:

Cuota mínima municipal de:

-En poblaciones de más de 100.000 habitantes: 622,05 euros.

-En poblaciones de más de 40.000 a 100.000 habitantes: 482,09 euros.

-En poblaciones de más de 10.000 a 40.000 habitantes: 255,04 euros.

-En las poblaciones restantes: 217,72 euros.

Cuota provincial de: 4.354,33 euros.

Cuota especial estatal de: 21.771,66 euros.

Epígrafe 502.5.-Cimentaciones y pavimentaciones en obras civiles.

Cuota:

Cuota mínima municipal de:

-En poblaciones de más de 100.000 habitantes: 880,20 euros.

-En poblaciones de mas de 40.000 a 100.000 habitantes: 706,03 euros.

-En poblaciones de más de 10.000 a 40.000 habitantes: 335,91 euros.

-En las poblaciones restantes: 279,92 euros.

Cuota provincial de: 6.096,07 euros.

Cuota especial estatal de: 30.480,33 euros.

Epígrafe 502.6.- Perforaciones para alumbramientos de aguas.

Cuota:

Cuota mínima municipal de:

-En poblaciones de mas de 100.000 habitantes: 295,48 euros.

-En poblaciones de más de 40.000 a 100.000 habitantes: 233,27 euros.

-En poblaciones de más de 10.000 a 40.000 habitantes: 121,30 euros.

-En las poblaciones restantes: 105,75 euros.

Cuota provincial de: 2.052,76 euros.

Cuota especial estatal de: 10.263,78 euros.

GRUPO 503. PREPARACIÓN Y MONTAJE DE ESTRUCTURAS Y CUBIERTAS, POSTES Y TORRES METÁLICAS, CARRILES, COMPUERTAS, GRÚAS, ETC.

Epígrafe 503.1.-Preparación y montaje de estructuras y cubiertas y cubriciones en edificaciones.

Cuota:

Cuota mínima municipal de:

-En poblaciones de más de 100.000 habitantes: 622,05 euros.

-En poblaciones de más de 40.000 a 100.000 habitantes: 482,09 euros.

-En poblaciones de más de 10.000 a 40.000 habitantes: 255,04 euros.

-En las poblaciones restantes: 217,72 euros.

Cuota provincial de: 4.354,33 euros.

Cuota especial estatal de: 21.771,66 euros.

Epígrafe 503.2.-Preparación y montaje de estructuras y cubiertas y cubriciones en obras civiles.

Cuota:

Cuota mínima municipal de:

-En poblaciones de más de 100.000 habitantes: 880,20 euros.

-En poblaciones de más de 40.000 a 100.000 habitantes: 706,03 euros.

-En poblaciones de mas de 10.000 a 40.000 habitantes: 335,91 euros.

-En las poblaciones restantes: 279,92 euros.

Cuota provincial de: 6.096,07 euros.

Cuota especial estatal de: 30.480,33 euros.

Epígrafe 503.3.-Montajes e instalación de estructuras metálicas para transportes, puertos, obras hidráulicas, puentes postes y torres metálicas, carriles, etc.

Cuota:

Cuota mínima municipal de:

-En poblaciones de más de 100.000 habitantes: 880,20 euros.

-En poblaciones de más de 40.000 a 100.000 habitantes: 706,03 euros.

-En poblaciones de más de 10.000 a 40.000 habitantes: 335,91 euros.

-En las poblaciones restantes: 279,92 euros.

Cuota provincial de: 6.096,07 euros.

Cuota especial estatal de: 30.480,33 euros.

Epígrafe 503.4.-Elaboración de obra en piedra natural o artificial, o con materiales para la construcción, siempre que no se empleen máquinas movidas mecánicamente ni más de cuatro obreros.

Cuota:

Cuota mínima municipal de:

-En poblaciones de más de 100.000 habitantes: 245,71 euros.

-En poblaciones de mas de 40.000 a 100.000 habitantes: 192,83 euros.

-En poblaciones de más de 10.000 a 40.000 habitantes: 102,64 euros.

-En las poblaciones restantes: 87,09 euros.

Cuota provincial de: 1.741,73 euros.

Cuota especial estatal de: 8.708,67 euros.

Nota: Los sujetos pasivos matriculados en este epígrafe están facultados para colocar los trabajos realizados en sus talleres en las distintas obras, siempre que para ello no se empleen más de cuatro obreros. Cuando el número de obreros exceda de esta cifra o cuando se coloquen en obra trabajos realizados en otros talleres se tributará por el epígrafe 503.1.

Si los sujetos pasivos comprendidos en estos epígrafes integran en sus trabajos hierro, bronce u otros metales semejantes, pagarán además un recargo del 10 por cien sobre sus cuotas.

GRUPO 504. INSTALACIONES Y MONTAJES.

Epígrafe 504.1.-Instalaciones eléctricas en general. Instalación de redes telegráficas, telefónicas, telefonía sin hilos y televisión. Instalaciones de sistemas de balización de puertos y aeropuertos.

Cuota:

Cuota mínima municipal:

-En poblaciones de mas de 100.000 habitantes: 690,47 euros.

-En poblaciones de mas de 40.000 a 100.000 habitantes: 553,62 euros.

-En poblaciones de mas de 10.000 a 40.000 habitantes: 261,26 euros.

-En las poblaciones restantes: 217,72 euros.

Cuota provincial de: 3.856,69 euros.

Cuota especial estatal de: 19.221,27 euros.

Nota: Los sujetos pasivos matriculados en este epígrafe están facultados para efectuar instalaciones de fontanería.

Epígrafe 504.2.-Instalaciones de fontanería.

Cuota:

Cuota mínima municipal de:

-En poblaciones de mas de 100.000 habitantes: 323,46 euros.

-En poblaciones de mas de 40.000 a 100.000 habitantes: 255,04 euros.

-En poblaciones de mas de 10.000 a 40.000 habitantes: 130,63 euros.

-En las poblaciones restantes: 111,97 euros.

Cuota provincial de: 1.866,14 euros.

Cuota especial estatal de: 9.330,71 euros.

Nota: Los sujetos pasivos matriculados en este epígrafe están facultados para efectuar instalaciones de frío, calor y acondicionamiento de aire.

Epígrafe 504.3. Instalaciones de frío, calor y acondicionamiento de aire.

Cuota:

Cuota mínima municipal de:

-En poblaciones de mas de 10.000 habitantes: 323,46 euros.

-En poblaciones de mas de 40.000 a 100.000 habitantes: 255,04 euros.

-En poblaciones de mas de 10.000 a 400.000 habitantes: 130,63 euros.

-En las poblaciones restantes: 111,97 euros.

Cuota provincial de: 1.866,14 euros.

Cuota especial estatal de: 9.330,71 euros.

Nota: Los sujetos pasivos matriculados en este epígrafe están facultados para efectuar instalaciones de fontanería.

NOTA COMUN A LOS EPIGRAFES 504.1, 504.2 Y 504.3: Los sujetos pasivos matriculados en estos epígrafes que realicen las actividades comprendidas en los mismos con cuatro obreros como máximo, tributarán con arreglo a las siguientes cuotas:

Cuota mínima municipal de:

- En poblaciones de mas de 100.000 habitantes: 149,29 euros.

- En poblaciones de más de 40.000 a 100.000 habitantes: 118,19 euros.

-En poblaciones de más de 10.000 a 40.000 habitantes: 62,20 euros.

-En las poblaciones restantes: 49,76 euros.

Cuota provincial de: 1.107,24 euros.

Cuota especial estatal de: 5.536,22 euros.

Epígrafe 504.4.-Instalación de pararrayos y similares.

Cuota:

Cuota mínima municipal de:

-En poblaciones de más de 100.000 habitantes: 149,29 euros.

-En poblaciones de más de 40.000 a 100.000 habitantes: 118,19 euros.

-En poblaciones de más de 10.000 a 40.000 habitantes: 62,20 euros.

-En las poblaciones restantes: 49,76 euros.

Cuota provincial de: 877,09 euros.

Cuota especial estatal de: 4.385,44 euros.

Epígrafe 504.5.-Montaje e instalación de cocinas de todo tipo y clase, con todos sus accesorios, para todo uso, menos el industrial.

Cuota:

Cuota mínima municipal de:

-En poblaciones de más de 100.000 habitantes: 149,29 euros.

-En poblaciones de más de 40.000 a 100.000 habitantes: 118,19 euros.

-En poblaciones de mas de 10.000 a 40.000 habitantes: 62,20 euros.

-En las poblaciones restantes: 49,76 euros.

Cuota provincial de: 877,09 euros.

Cuota especial estatal de: 4.385,44 euros.

Epígrafe 504.6.-Montaje e instalación de aparatos elevadores de cualquier clase y tipo.

Cuota:

Cuota mínima municipal de:

-En poblaciones de más de 100.000 habitantes: 230,16 euros.

-En poblaciones de más de 40.000 a 100.000 habitantes: 180,39 euros.

-En poblaciones de más de 10.000 a 40.000 habitantes: 93,31 euros.

-En las poblaciones restantes: 80,87 euros.

Cuota provincial de: 1.306,30 euros.

Cuota especial estatal de: 6.593,70 euros.

Epígrafe 504.7.-Instalaciones telefónicas, telegráficas, telegráficas sin hilos y de televisión, en edificios y construcciones de cualquier clase.

Cuota:

Cuota mínima municipal de:

-En poblaciones de más de 100.000 habitantes: 192,83 euros.

-En poblaciones de más de 40.000 a 100.000 habitantes: 149,29 euros.

-En poblaciones de más de 10.000 a 40.000 habitantes: 74,65 euros.

-En las poblaciones restantes: 68,43 euros.

Cuota provincial de: 1.119,69 euros.

Cuota especial estatal de: 5.486,46 euros.

Epígrafe 504.8.-Montajes metálicos e instalaciones industriales completas, sin vender ni aportar la maquinaria ni los elementos objeto de la instalación o montaje.

Cuota:

Cuota mínima municipal de:

-En poblaciones de más de 100.000 habitantes: 485,20 euros.

-En poblaciones de más de 40.000 a 100.000 habitantes: 373,23 euros.

-En poblaciones de más de 10.000 a 40.000 habitantes: 199,06 euros.

-En las poblaciones restantes: 167,95 euros.

Cuota provincial de: 2.737,01 euros.

Cuota especial estatal de: 13.716,15 euros.

GRUPO 505. ACABADO DE OBRAS.

Epígrafe 505.1.-Revestimientos exteriores e interiores de todas clases y en todo tipo de obras.

Cuota:

Cuota mínima municipal de:

-En poblaciones de más de 100.000 habitantes: 192,83 euros.

-En poblaciones de más de 40.000 a 100.000 habitantes: 149,29 euros.

-En poblaciones de más de 10.000 a 40.000 habitantes: 74,65 euros.

-En las poblaciones restantes: 68,43 euros.

Cuota provincial de: 1.384,06 euros.

Cuota especial estatal de: 6.920,28 euros.

Epígrafe 505.2.-Solados y pavimentos de todas clases y en cualquier tipo de obras.

Cuota:

Cuota mínima municipal de:

-En poblaciones de mas de 100.000 habitantes: 192,83 euros.

-En poblaciones de más de 40.000 a 100.000 habitantes: 149,29 euros.

-En poblaciones de mas de 10.000 a 40.000 habitantes: 74,65 euros.

-En las poblaciones restantes: 68,43 euros.

Cuota provincial de: 1.384,06 euros.

Cuota especial estatal de: 6.920,28 euros.

Epígrafe 505.3.-Preparación y colocación de solados y Pavimentos de madera de cualquier clase.

Cuota:

Cuota mínima municipal de:

-En poblaciones de más de 100.000 habitantes 149,29 euros.

-En poblaciones de más de 40.000 a 100.000 habitantes: 118,19 euros.

-En poblaciones de más de 10.000 a 40.000 habitantes: 62,20 euros.

-En las poblaciones restantes: 49,76 euros.

Cuota provincial de: 1.107,24 euros.

Cuota especial estatal de: 5.536,22 euros.

Nota: Este epígrafe comprende el acuchillado y barnizado de las maderas colocadas.

Epígrafe 505.4.-Colocación de aislamientos fónicos, térmicos y acústicas de cualquier clase y para cualquier tipo de obras, impermeabilización en todo tipo de edificios y construcciones por cualquier procedimiento.

Cuota:

Cuota mínima municipal de:

-En poblaciones de más de 100.000 habitantes: 192,83 euros.

-En poblaciones de más de 40.000 a 100.000 habitantes: 149,29 euros.

-En poblaciones de más de 10.000 a 40.000 habitantes: 74,65 euros.

-En las poblaciones restantes: 68,43 euros.

Cuota provincial de: 1.384,06 euros.

Cuota especial estatal de: 6.920,28 euros.

Epígrafe 505.5.-Carpintería y cerrajería.

Cuota:

Cuota mínima municipal de:

-En poblaciones de mas de 100.000 habitantes: 192,83 euros.

-En población de más de 40.000 a 100.000 habitantes: 149,29 euros.

-En poblaciones de más de 10.000 a 40.000 habitantes: 74,65 euros.

-En las poblaciones restantes: 68,43 euros.

Cuota provincial de: 1.384,06 euros.

Cuota especial estatal de: 6.920,28 euros.

Epígrafe 505.6. Pintura de cualquier tipo y clase y revestimientos con papel, tejidos o plásticos y terminación y decoración de edificios y locales.

Cuota:

Cuota mínima municipal de:

- En poblaciones de más de 100.000 habitantes: 192,83 euros.

- En poblaciones de más de 40.000 a 100.000 habitantes: 149,29 euros.

- En poblaciones de más de 10.000 a 40.000 habitantes: 74,65 euros.

- En poblaciones restantes: 68,43 euros.

Cuota provincial de: 1.384,04 euros.

Cuota especial estatal de: 6.920,26 euros.

Epígrafe 505.7. Trabajos en yeso y escayola y decoración de edificios y locales.

Cuota:

Cuota mínima municipal de:

- En poblaciones de más de 100.000 habitantes: 192,83 euros.

- En poblaciones de más de 40.000 a 100.000 habitantes: 149,29 euros.

- En poblaciones de más de 10.000 a 40.000 habitantes: 74,65 euros.

- En poblaciones restantes: 68,43 euros.

Cuota provincial de: 1.384,04 euros.

Cuota especial estatal de: 6.920,26 euros.

NOTA COMÚN AL GRUPO 505: Los sujetos pasivos matriculados en este Grupo que realicen las actividades comprendidas en el mismo con cuatro obreros como máximo, tributarán con arreglo a las siguientes cuotas:

Cuota mínima municipal de:

-En poblaciones de más de 100.000 habitantes: 124,41 euros.

-En poblaciones de más de 40.000 100.000 habitantes: 99,53 euros.

-En poblaciones de mas de 10.000 a 40.000 habitantes: 49,76 euros.

-En las poblaciones restantes: 43,54 euros.

Cuota provincial de: 883,31 euros.

Cuota especial estatal de: 4.428,98 euros.

GRUPO 506. SERVICIOS AUXILIARES DE LA CONSTRUCCIÓN Y DRAGADOS.

Epígrafe 506.0.-Instalación de andamios, cimbras, encofrados, etc., incluso para usos distintos de la construcción.

Cuota:

Cuota mínima municipal de:

- En poblaciones de mas de 100.000 habitantes: 192,83 euros.

- En poblaciones de mas de 40.000

a 100.000 habitantes: 149,29 euros.

- En poblaciones de mas de 10.000 a 40.000 habitantes: 74,65 euros.

- En las poblaciones restantes: 68,43 euros.

Cuota provincial de: 1.094,80 euros.

Cuota especial estatal de: 5.486,46 euros.

GRUPO 507. CONSTRUCCION, REPARACIÓN Y CONSERVACIÓN DE TODA CLASE DE OBRAS.

Cuota:

Cuota mínima municipal de:

- En poblaciones de mas de 100.000 habitantes: 1.635,98 euros.

- En poblaciones de mas de 40.000 a 100.000 habitantes: 1.275,20 euros

- En poblaciones de mas de 10.000 a 40.000 habitantes: 597,17 euros.

- En las poblaciones restantes: 528,74 euros.

Cuota provincial de: 11.072,45 euros.

Cuota especial estatal de: 55.362,23 euros.

Notas:

1º. Este grupo faculta para ejercer todas las actividades clasificadas en la División 5., Construcción.

2º. Este grupo comprende las operaciones y labores necesarias y propias de la actividad constructora, tales como la explotación de canteras, fabricación de hormigones y de aglomerados asfálticos, siempre que los productos obtenidos se fabriquen en instalaciones que funcionen exclusivamente durante el tiempo de ejecución de la obra y se empleen exclusivamente en las obras que realizan las empresas constructoras.

3º. Asimismo, este grupo comprende la construcción de acequias prefabricadas, cuando se realice en talleres a pie de obra, sean modelos correspondientes al proyecto que se realiza, y no constituyan, por tanto, un producto tipificado y normalizado para su utilización en el mercado y siempre que dichos talleres funcionen únicamente durante el período que abarquen las obras de que se trate.

GRUPO 508. CONSTRUCCIÓN DE TODA CLASE DE OBRAS REALIZADAS POR LAS AGRUPACIONES DE INTERÉS ECONÓMICO Y LAS UNIONES TEMPORALES DE EMPRESAS.

Nota: Las Agrupaciones de Interés Económico y Uniones Temporales de Empresas que realicen actividades de construcción, se darán de alta en la matrícula del Impuesto por este Grupo sin pago de cuota alguna. Lo anterior se entiende sin perjuicio de la tributación que corresponda a las empresas integrantes de la Agrupación o Unión de que se trate.