Dt 1 Agrupaciones de Secr...dos de Paz

Dt 1 Agrupaciones de Secretarías de Juzgados de Paz

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D.T. 1ª. Personal destinado en Juzgados que se integren en Agrupaciones.

Derogado

1. El personal al servicio de la Administración de Justicia, que a la entrada en vigor de las Agrupaciones de Secretarías de Juzgados de Paz esté destinado en algún Juzgado que se integre en las mismas, continuará en su destino debiendo colaborar en las funciones propias de la Agrupación.

2. Cuando se produzca la vacante será amortizada y podrá ser incorporada a la plantilla orgánica de la Agrupación de Secretarías de Juzgados de Paz correspondiente.