Dt 1 aprueba el reglament...en Navarra

Dt 1 aprueba el reglamento de desarrollo de la Ley Foral 19/2019, de 4 de abril, de protección de los animales de compañía en Navarra

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D.T. 1ª. Sustitución de la tarjeta sanitaria.

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La tarjeta sanitaria establecida por la Orden Foral de 19 de septiembre de 1994, del consejero de Salud, por la que se regula la vacunación antirrábica, dejará de estar en vigor en el plazo de dos años desde la entrada en vigor de este decreto foral. Durante dicho periodo la persona propietaria deberá sustituir la tarjeta sanitaria por el pasaporte de identificación animal, o en su caso el documento de identificación animal. La sustitución se llevará a cabo el por el veterinario o la veterinaria en el momento de realizar la primera vacunación tras la entrada en vigor de este decreto foral. La persona propietaria del animal deberá conservar la tarjeta sustituida como acreditación de los tratamientos y vacunaciones recibidas hasta la fecha.