Dt 1 Cajas de Ahorros de Euskadi
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»D.T. 1ª.- Régimen transitorio de las cuotas participativas.
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Las cajas de ahorros que hayan emitido cuotas participativas a partir de la entrada en vigor del Real Decreto-ley 11/2010 y en los términos establecidos en él podrán incorporar a sus actuales órganos de gobierno, en su caso, a la nueva representación de los cuotapartícipes y las cuotapartícipes.
