Dt 1 Cámaras oficiales de comercio, industria, servicios y navegación de I. Balears
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»D.T. 1ª. Adaptación de los reglamentos de régimen interior
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En el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de la presente ley, las cámaras adaptarán el contenido de sus actuales reglamentos de régimen interior a la misma.
