Dt 1 Centros que imparten el primer ciclo de la educación infantil
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»D.T. 1ª. Comedor escolar de gestión directa.
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Las escuelas infantiles cuya titularidad corresponde a la Administración de la Junta de Andalucía que a la entrada en vigor del presente Decreto oferten el servicio de comedor escolar mediante la fórmula de gestión directa, podrán seguir ofertándolo en las mismas condiciones, mientras cuenten en su plantilla con suficiente personal propio de la Administración de la Junta de Andalucía para llevarlo a cabo.
