Dt 1 cómputo recíproco de...dad Social

Dt 1 cómputo recíproco de cuotas entre regímenes de Seguridad Social

Ver Indice
»

D.T. 1ª.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Lo preceptuado en el presente Real Decreto será de aplicación cuando las cotizaciones a computar correspondan a regímenes anteriores a los actuales de la Seguridad Social afectados, siempre que las normas reguladoras de éstos tengan establecido, a efectos de sus prestaciones, el reconocimiento de dichas cotizaciones y en los mismos términos en que esté dispuesto.