Dt 1 Decreto36/2009,de31demarzo,porelqueseestableceelrégimengeneraldesubvencionesdelaComunidadAutónomadeCanarias.
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»DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA. Régimen transitorio de los procedimientos.
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1. Los procedimientos de concesión de subvenciones tramitados en procedimiento de concurrencia y cuya convocatoria se hubiera publicado y las subvenciones directas que hayan sido concedidas con anterioridad a la entrada en vigor del presente Decreto seguirán rigiéndose por las disposiciones vigentes en el momento de su iniciación o concesión.
2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo anterior, los procedimientos de reintegro de actos previstos en este Decreto resultarán de aplicación desde su entrada en vigor.
