Dt 1 el que se delega el ejercicio de determinadas funciones de titularidad de la Comunidad Autonoma en las Diputaciones Provinciales de Castilla y Leon
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»D.T. 1ª.
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Con anterioridad a la fecha efectiva de la delegación, se remitirá a cada Diputación Provincial copia del fichero de expediente relativo a su provincia, correspondiente a los dos últimos años.

