Dt 1 Derecho a la Educación

Dt 1 Derecho a la Educación

  • Las referencias a los niveles educativos se entienden sustituidas por las denominaciones que, para los distintos niveles y etapas educativas y para los respectivos centros, se contienen en la D.A. 16ª de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo. - LEY ORGANICA 2/2006, de 3 de mayo, de Educacion.
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D.T. 1ª.

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Hasta tanto no se constituya el Consejo Escolar del Estado creado por la presente ley, continuará ejerciendo sus funciones el Consejo Nacional de Educación.