Dt 1 Desembarque, primera venta, trazabilidad y control de los productos pesqueros
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»D.T. 1ª. Autorizaciones administrativas en vigor.
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Se mantiene la validez de las autorizaciones administrativas en vigor para la primera venta de productos pesqueros en el territorio de las Illes Balears. Una vez que finalice su vigencia, los titulares tienen que rellenar la declaración responsable que prevén los artículos 8 y 11.
Asimismo, se mantiene la validez para los vehículos autorizados para el transporte de los productos pesqueros en la fecha de aprobación de este decreto hasta que finalice su vigencia.
