Dt 1 Ejercicio de la sanidad mortuoria

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D.T. 1ª. Adaptación de las ordenanzas municipales

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1. Las ordenanzas municipales y los reglamentos internos de los cementerios se adaptarán al contenido de este decreto en el plazo de dos años.

2. En el plazo de un año, los ayuntamientos comunicarán a la Dirección General de Salud Pública y Participación las empresas prestadoras de servicios funerarios que estén establecidas en su término municipal.