Dt 1 Estatuto de las personas consumidoras de Extremadura
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»D.T. 1ª. Procedimientos administrativos sancionadores iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de la presente ley.
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1. La presente ley no será de aplicación a los procedimientos administrativos sancionadores iniciados antes de su entrada en vigor.
2. Queda exento de lo previsto en el apartado anterior a los procedimientos sancionadores en todo aquello que la presente ley resulte más favorable a los presuntos infractores.
