Dt 1 Gestión de la seguridad de las carreteras
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»D.T. 1ª. Evaluación del impacto de la seguridad vial de proyectos de infraestructuras ya iniciados
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1. Los proyectos de infraestructuras cuyo estudio informativo, o el anteproyecto o proyecto que asuma su función, según lo establecido en la legislación en materia de carreteras de Galicia, no fuera aprobado provisionalmente antes de la entrada en vigor de este decreto, serán objeto de evaluación del impacto de la seguridad vial según lo establecido en el capítulo II.
2. Los proyectos de infraestructuras cuyo estudio informativo, o el anteproyecto o proyecto en materia de carreteras que asuma su función, fuera aprobado provisionalmente antes de la entrada en vigor desde decreto, no serán objeto de la evaluación del impacto de la seguridad vial, prevista en este decreto.

