Dt 1 Igualdad de trato y no discriminación
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»D.T. 1ª. Régimen transitorio para los procedimientos sancionadores en el ámbito de la Administración
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1. Los procedimientos sancionadores que hayan sido incoados antes de la entrada en vigor de la presente ley se rigen por la normativa anterior.
2. El Decreto 278/1993, de 9 de noviembre, sobre el procedimiento sancionador de aplicación a los ámbitos de competencia de la Generalidad, mantiene su vigencia hasta que se apruebe el reglamento de desarrollo del régimen sancionador que regula la presente ley.

