Dt 1 Impuestos sobre la emisión de óxidos de nitrógeno a la atmósfera, sobre la emisión de gases y partículas a la atmósfera producida por la industria y sobre la producción de energía eléctrica de origen nuclear
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»D.T. 1ª. Pagos fraccionados del impuesto sobre la producción de energía eléctrica de origen nuclear mientras no se realice el desarrollo reglamentario
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Mientras no se apruebe el reglamento de desarrollo de la presente ley, las autoliquidaciones y los pagos fraccionados en concepto de pagos a cuenta regulados por el artículo 30 deben presentarse e ingresarse en las entidades colaboradoras de recaudación autorizadas a tal efecto, utilizando el modelo de autoliquidación que apruebe por orden el consejero competente por razón de la materia.
