Dt 1 Juego y apuestas y de prevención del juego problemático y patológico
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»D.T. 1ª. Vigencia de determinadas normas reglamentarias.
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En tanto el Gobierno de La Rioja no haga uso de las facultades reglamentarias que le otorga la presente ley, se aplicarán las disposiciones generales dictadas por la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja en todo lo que no se opongan a esta ley.
