Dt 1 Ley del Notariado
Ver Indice
»D.T. 1ª.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
No obstante la incompatibilidad establecida en el artículo 16 de esta Ley, los Escribanos y Notarios que actualmente, además de sus Escribanías, intervienen en los actos judiciales, continuarán desempeñando uno y otro cargo mientras no vacaren natural o legalmente.
