Dt 1 Ley5/1994,de1deagosto,delEstatutoRegionaldelaActividadPolítica.
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»D.T. 1ª.
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Las personas que ocupen en la actualidad algunos de los cargos a que hace referencia esta Ley, presentarán, en el plazo de dos meses, desde la entrada en vigor de la misma, las declaraciones señaladas en su artículo 13.

