Dt 1 Líneas de promoción juvenil

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D.T. 1ª.- Servicios de información juvenil y escuelas deformación ya reconocidas.

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Los servicios de información juvenil y las Escuelas de Formación en el campo de la Animación y Tiempo Libre, que en adelante pasarán a deno­minarse Escuelas de Animación Juvenil y Tiempo Libre, ya reconocidos a la entrada en vigor del presente Decreto mantendrán su reconocimiento legal y su número de inscripción en el correspondiente registro si bien debe­rán adaptarse a lo establecido en el presente Decreto en el plazo de un año, sin perjuicio de lo dispuesto en relación con las nuevas titulaciones.