Dt 1 Medidas 2004 Tributarias, Administrativas y Financieras
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»D.T. 1ª. Suministro de información por los notarios.
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Hasta que se apruebe la Orden de la Consejería de Economía y Hacienda prevista en el artículo 8 de la presente Ley y se instrumenten los medios técnicos necesarios para su cumplimiento, no será exigible el suministro de información por vía telemática previsto en dicho artículo.
