Dt 1 el que se modifica el Decreto Foral 123/2003, de 19 de mayo, por el que se establecen las condiciones tecnico-sanitarias de las piscinas de uso colectivo
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»DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA. Acreditación del cumplimiento de las normas de antideslizamiento.
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En las instalaciones construidas con anterioridad a la entrada en vigor del Decreto Foral 123/2003, de 19 de mayo, por el que se establecen las condiciones técnico-sanitarias de las piscinas de uso colectivo, el cumplimiento de las normas sobre superficies antideslizantes establecidas en el presente Decreto Foral podrá acreditarse utilizando métodos de medida distintos a los establecidos en el artículo 2. apartado c), siempre que las medidas se certifiquen por técnico competente o laboratorio especializado, se indique el método de medida utilizado y se adjunte la documentación que justifique la validez de dicho método y su equivalencia con los métodos establecidos en el presente Decreto Foral.

