Dt 1 Se Modifica la Regulación del Tribunal Administrativo de Contratación Pública
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»D.T. 1ª. Mandato de los miembros del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid
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A la entrada en vigor de esta Ley, los funcionarios que ostentan los cargos de Presidente o Vocal del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid continuarán en sus puestos hasta que finalicen sus nombramientos y tomen posesión los nuevos miembros designados por concurso de méritos objetivo.
Los cargos de Vocal no cubiertos a la entrada en vigor de esta Ley serán cubiertos de forma inmediata a través del procedimiento establecido en la misma, con fecha 1 de enero de 2017.
