Dt 1 Modificación urgente de la Ley 13/2007, de Ordenación del Transporte por Carretera
D.T. 1ª. Suspensión del otorgamiento de nuevos títulos habilitantes.
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1. Queda suspendido el otorgamiento de nuevas autorizaciones de taxi y autorizaciones de arrendamiento de vehículos con conductor hasta que los cabildos insulares aprueben los criterios adicionales y, en todo caso, durante el plazo máximo de un año contado a partir de la entrada en vigor de este Decreto ley.
2. En relación a las autorizaciones de arrendamiento de vehículos con conductor, esta suspensión afecta tanto a las que se puedan solicitar a partir de la entrada en vigor de este Decreto ley, como a las que se han solicitado antes de su entrada en vigor, que estén en cualquier fase del procedimiento administrativo o pendientes de resolución de recurso administrativo.
3. En relación a las autorizaciones de taxi, esta suspensión afecta a las que se puedan solicitar a partir de la entrada en vigor de este Decreto ley.
