Dt 1 Municipal y de Régimen Local -Derogada-
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»D.T. 1ª.
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1. Sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 75, el régimen especial del municipio de Barcelona, que establece el Decreto 1066/1960, de 23 de marzo, continuará siendo vigente mientras el Parlamento de Cataluña no legisle sobre dicha materia, salvo lo que se oponga, contradiga o resulte incompatible con la Ley de Bases de Régimen Local y con la presente Ley.
2. A efectos de la revisión del régimen especial por iniciativa del Gobierno de la Generalidad se constituirá una Comisión integrada por representantes de la Generalidad y del Ayuntamiento de Barcelona, con el fin de elaborar los estudios y propuestas correspondientes.
