Dt 1 NormaForal22/2015,de29dediciembre,demodificacióndelanormativareguladoradedeterminadosimpuestos
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»D.T. 1ª. Régimen transitorio aplicable a las entidades dependientes de una caja de ahorros o fundación bancaria.
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Tendrán la consideración de entidades dependientes del grupo fiscal a que se refiere el artículo 3 del Título II de esta Norma Foral, aquellas entidades íntegramente participadas por una caja de ahorros o fundación bancaria, a través de las cuales éstas pasen a ostentar la participación en la entidad de crédito en el plazo previsto en la Disposición Transitoria Primera de la Ley de cajas de ahorros y fundaciones bancarias.
