Dt 1 Normalización del us...or Público

Dt 1 Normalización del uso del euskera en el Sector Público

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D.T. 1ª.- Adecuación de la denominación de los perfiles lingüísticos en las relaciones de puestos de trabajo.

Vigente

1.- En adelante, los perfiles lingüísticos establecidos en las relaciones de puestos de trabajo se denominarán, con carácter general, de la siguiente manera:

Perfiles lingüísticos

Comprensión y expresión escrita

Comprensión y expresión oral

PL 1

B1

B1

PL 2

B2

B2

PL 3

C1

C1

PL 4

C2

C2

En el caso de la Ertzaintza y de Educación, en cambio, se denominarán así:

Perfiles lingüísticos

Comprensión y expresión escrita

Comprensión y expresión oral

PL 1

B2

B2

PL 2

C1

C1

Por su parte, el perfil lingüístico Hezkuntzako Langileen Euskara Agiria (HLEA) del personal laboral educativo no docente de Educación Especial se denominará así:

Perfil lingüístico

Comprensión y expresión escrita

Comprensión y expresión oral

HLEA

B2

C1