Dt 1 Obras Públicas y Transportes, sobre determinación de los precios máximos de las viviendas de protección oficial
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»DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA.
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Los precios máximos de venta de las viviendas de protección oficial previstos en la presente Orden serán de aplicación a las solicitudes de calificación provisional formuladas a partir del 1 de julio de 2010 y pendientes de resolución en el momento de su entrada en vigor.
