Dt 1 Políticas de Juventud de Canarias

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D.T. 1ª. Régimen de los centros de información juvenil.

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Los centros de información juvenil creados al amparo del artículo 43.a) de la Ley 7/2007, de 13 de abril, Canaria de Juventud, continuarán prestando servicios en las condiciones en las que fueron reconocidos, ajustándose en su funcionamiento a los postulados recogidos en la presente ley.