Dt 1 Del Presidente y del Gobierno
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D.T. 1ª.-Incompatibilidad con cualquier mandato representativo popular.

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La incompatibilidad de la condición de alto cargo de la Administración de la Comunidad Autónoma con cualquier mandato representativo popular, prevista en el apartado 1, letra a), de la disposición adicional quinta de esta ley, producirá efectos apartir de las elecciones municipales de 2011.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 19-05-2009 en vigor desde 08-06-2009