Dt 1 Presupuestos 2004 Madrid
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»D.T. 1ª. Imputación de créditos del Presupuesto Prorrogado.
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Los gastos autorizados con cargo a los créditos del Presupuesto Prorrogado se aplicarán a los créditos aprobados por la presente Ley.
Si a efectos de la imputación de los gastos es necesario realizar alguna modificación presupuestaria, no quedará sujeta a los límites del artículo 64 de la Ley 9/1990, reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid.
En caso de que en el Presupuesto para 2004 no existiese crédito o, de que existiendo, resultase insuficiente, el Consejero de Hacienda determinará el crédito presupuestario cuya reducción produzca menos trastornos al servicio público o que sea más similar a sus fines al que deba imputarse el gasto autorizado.
