Dt 1 Presupuestos 2005 Cantabria
Ver Indice
»DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA. Adaptación de la normativa de subvenciones.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Uno. En el plazo de un año a partir de la entrada en vigor de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se procederá a la adecuación de la normativa reguladora de las subvenciones al régimen jurídico establecido en la misma.
Dos. Si en el plazo señalado en el apartado anterior no se procediera a la adecuación de la normativa reguladora de las subvenciones, la citada Ley 38/2003 será de aplicación directa.
Tres. Las subvenciones de los Planes de Vivienda y Suelo se regirán por su normativa específica, resultando de aplicación supletoria la normativa general aplicable en la Comunidad Autónoma en materia de subvenciones.
