Dt 1 Presupuestos 2009 C. León
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»D.T. 1ª.- Compensación de Poder Adquisitivo.
Vigente
En el caso de que la Administración del Estado fije alguna forma de compensación de pérdida de poder adquisitivo para el personal no laboral a su servicio, la Junta de Castilla y León compensará dicha pérdida en sus mismos términos y cuantías. A tal fin, se podrán minorar aquellas partidas presupuestarias cuya disminución ocasione menor perjuicio para los servicios públicos.

