Dt 1 de protección y orde...valenciana

Dt 1 de protección y ordenación de la costa valenciana

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D.T. 1ª. Títulos habilitantes

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La presente ley se aplicará a los usos que pretendan realizarse sobre el litoral a partir de su entrada en vigor.

Los procedimientos iniciados a instancia de parte ante la Administración autonómica o local con anterioridad a dicha entrada en vigor se tramitarán y resolverán conforme a dicha normativa previa; sin perjuicio del derecho de desistimiento de la persona interesada a efectos de iniciar otro procedimiento conforme a lo dispuesto en esta ley.