Dt 1 Puertos de I. Balears
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»D.T. 1ª. Delimitaciones de la zona de servicio portuaria.
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Las delimitaciones de la zona de servicio de los puertos establecidas con anterioridad a la entrada en vigor de esta ley seguirán vigentes hasta que se proceda a su modificación de acuerdo con lo dispuesto en esta ley.
