Dt 1 Puestos tipo adscritos al Cuerpo de Secretarios Judiciales
- Con efectos a partir del 1 de enero de 2015, todas las referencias hechas en el presente real decreto a los Secretarios judiciales deben entenderse realizadas a los Letrados de la Administración de Justicia. - Ley Organica 7/2015, de 21 de julio, por la que se modifica la Ley Organica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
Ver Indice
»D.T. 1ª. Proceso de acoplamiento.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Hasta tanto no se produzcan los procesos de acoplamiento y nombramiento de los Secretarios Judiciales, para desempeñar puestos de trabajo incluidos en las relaciones de puestos de trabajo aprobadas conforme al nuevo modelo de oficina judicial previsto en la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, continuarán vigentes las retribuciones complementarias previstas en el Real Decreto 1130/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el régimen retributivo del Cuerpo de Secretarios Judiciales.
