Dt 1 Régimen del comercio...dero -Ley-

Dt 1 Régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero -Ley-

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D.T. 1ª. Régimen transitorio para cumplimiento de las obligaciones de entrega hasta el 30 de abril de 2021.

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1. Para cumplir con la obligación de entrega referida en el artículo 27.2 en el periodo de comercio 2013-2020, los titulares de instalaciones deberán entregar un número de derechos de emisión distintos de los derechos de emisión asignados a la aviación, en cantidad equivalente al dato de emisiones verificadas de esa instalación durante el año anterior, a más tardar el 30 de abril de cada año.

2. Para cumplir con la obligación de entrega referida en el artículo 27.2 en el periodo de comercio 2013-2020, los operadores aéreos deberán entregar un número de derechos de emisión, en cantidad equivalente al dato de emisiones verificadas de ese operador aéreo durante el año anterior, a más tardar el 30 de abril de cada año.