Dt 1 Régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo de Bizkaia
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»D.T. 1ª. Régimen transitorio de las exenciones concedidas al amparo de la Norma Foral 9/1995, de 5 de diciembre, de Régimen Fiscal de Fundaciones y Asociaciones de Utilidad Pública y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General.
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Las exenciones concedidas a las entidades a las que se refiere el artículo 4 de esta Norma Foral, al amparo de la Norma Foral 9/1995, de 5 de diciembre, de Régimen Fiscal de Fundaciones y Asociaciones de Utilidad Pública y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General, mantendrán su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2005.
