Dt 1 Reglamento del Congreso de los Diputados
- El título del Reglamento queda redactado del siguiente modo: «Reglamento del Congreso de 10 de febrero de 1982». - Reforma del Reglamento del Congreso de los Diputados de 10 de febrero de 1982.
- IMPORTANTE: Téngase en cuenta que hay una modificación pendiente de integrar en este refundido que afecta al artículo 23 y que entrará en vigor en la XVI legislatura. - Reforma del Reglamento del Congreso, publicada el 28/07/2026
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»D.T. 1ª.
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1. La tramitación de cualquier asunto pendiente ante el Congreso de los Diputados a la entrada en vigor del presente Reglamento se ajustará a lo dispuesto en él respecto del trámite o trámites pendientes.
2. Ello no obstante, los procedimientos legislativos, en los que el plazo de presentación de enmiendas hubiera concluido con anterioridad a la entrada en vigor del presente Reglamento, seguirán los trámites previstos en el Reglamento provisional del Congreso de los Diputados.

