Dt 1 Reglamento de desarrollo de la Ley de Intervención para la Protección Ambiental.
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»DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA. Régimen aplicable a instalaciones existentes sometidas a Autorización Ambiental Integrada.
Vigente
En la adaptación de las instalaciones existentes, recogidas en los Anejos 2 A y 2 B , al régimen de obtención de la autorización ambiental integrada, no será necesario tramitar los procedimientos para la obtención de la Declaración de Impacto Ambiental.