Dt 1 Reglamento de Instal... Edificios

Dt 1 Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios

Ver Indice
»

D.T. 1ª. Edificios y proyectos a los que no se aplicará el reglamento.

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



No será de aplicación preceptiva el Reglamento de instalaciones térmicas en los edificios (RITE), que figura como anexo, a los edificios que a la entrada en vigor de este real decreto estén en construcción ni a los proyectos que tengan solicitada licencia de obras, excepto en lo relativo a su reforma, mantenimiento, uso e inspección.