Dt 1 Reglamento Marco de ... de Madrid

Dt 1 Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de Madrid

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D.T. 1ª. Integración en subgrupos de clasificación profesional

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1. Al personal de los Cuerpos de policía local que pertenezca a las categorías de Policía y Oficial, clasificadas en el subgrupo de clasificación profesional C1 conforme determina el artículo 33 de la Ley 1/2018, de 22 de febrero, y no tuviese la titulación requerida para acceder a las mismas, se le dispensará de dicha titulación siempre que se acredite una antigüedad de diez años en el subgrupo de clasificación C2, o de cinco años más la superación de un curso específico de formación impartido por el Centro de Formación Integral de Seguridad de la Comunidad de Madrid.

2. Las corporaciones locales en el plazo de un año llevarán a cabo los procedimientos necesarios dirigidos a la integración del personal referenciado en el apartado anterior.